Lista para su promulgación como Ley de la República quedó el proyecto que modifica el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos, que tendrá una pena máxima para los reincidentes de 3 años y un día.
La ministra de la Mujer e Igualdad de Género, Isabel Plá, valoró el apoyo transversal que tuvo esta iniciativa legal en el Congreso.
“Aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados sanción al acoso sexual en espacios públicos! Una moción parlamentaria al que el Gobierno puso urgencia y será ley en las próximas semanas, dando un paso importante como país por el pleno respeto y la seguridad de las mujeres”, comentó la ministra en su cuenta de Twitter.
El texto legal, aprobado por la unanimidad de la sala, indica que castigará con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 5 a 10 UTM mensuales, al que en lugares públicos o de libre acceso capte, grabe, filme, o fotografíe imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento.
Se impondrá la misma pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de diez a veinte UTM, al que difunda dichas imágenes, videos o registro audiovisual.
En caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se le aplicará la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (entre 61 días y 3 años y un día) y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales.
Otra enmienda aplica la misma pena de presidio menor, si el abuso consiste en el empleo de sorpresa u otra maniobra que no suponga consentimiento de la víctima, siempre que esta sea mayor de catorce años.
Además, se dispone que comete acoso sexual el que realiza -sin mediar el consentimiento de la víctima- un acto de significación sexual capaz de provocar una situación objetivamente intimidatoria, hostil o un delito al que se imponga una pena más grave.
Aquí, por ejemplo, se sancionará actos de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos. En este caso se impondrá una multa de una a tres UTM.
En relación a conductas consistentes en acercamientos o persecuciones, o actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito, se impondrá la pena de prisión en su grado medio a máximo (entre 21 y 60 días) y una multa de cinco a diez UTM.
CH / Aton Chile