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Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones presenta 16 nuevas señalizaciones de tránsito

Desmonte de ciclista, zona de espera especial de ciclos y Ciclocalle, son algunas de las nuevas señales que fueron incorporadas en el Manual de Señalización de Tránsito. La normativa, que es uno de los dos reglamentos de la Ley de Convivencia Vial, considera 16 nuevas señaléticas para las vías que contemplan la participación de los ciclos.

Esta actualización era muy necesaria, ya que incorpora signos que antes no estaban contemplados y que reconocen de mejor forma a estos usuarios y facilitan el uso del espacio público. Con esto, buscamos mejorar la convivencia de los distintos modos de transporte en las vías y así seguir impulsando el cambio cultural que busca generar la Ley de Convivencia Vial, y así proteger a los usuarios más vulnerables que son los peatones, ciclistas y motocicletas”, explicó el Subsecretario de Transportes, José Luis Domínguez.

Dentro del nuevo Manual de Señalización de Tránsito, el que fue publicado el pasado 10 de septiembre en el Diario Oficial y que tuvo 180 días corridos para su entrada en vigencia, destacan la demarcación de zonas de espera de ciclos, las que se instalan en cruces semaforizados para que éstos puedan realizar partidas adelantadas, y otras señaléticas que entregan preferencia a los ciclos en el momento en que un vehículo vira a la derecha o izquierda, según sea el caso.

También, se incorporan señaléticas de restricción de “Zona 30”, es decir, un lugar donde se restringe la velocidad de zona urbana, la que puede variar también entre “Zona 20” o “zona 40”. Además, esta nueva señalización sirve para especificar cuando hay una Ciclocalle –señalética que también debe ser incorporada en el lugar-, la que contempla una vía donde circulan los ciclos junto a otros vehículos motorizados.

La Secretaria Ejecutiva de Conaset, Johanna Vollrath, indicó que “estas nuevas señales de tránsito se incorporan a raíz de la Ley de Convivencia de Modos y son fundamentales para facilitar la circulación de ciclistas y otros usuarios de ciclos. Especialmente en el contexto del aumento del uso de la bicicleta como medio de transporte, es necesario que los Municipios puedan considerar la implementación de las nuevas señales y hacemos un llamado a todas las personas a conocer y respetar las señales de tránsito, con el fin de prevenir siniestros de tránsito y tener una mejor convivencia entre todos los usuarios en la calle”.

Otra de las señalizaciones que se incorporaron es el “Desmonte de ciclistas”, el que se utiliza en pasos de cebra, peatonales semaforizados u otras vías peatonales en que no exista una facilidad para ciclistas, para así indicarles que deben bajarse de la bicicleta y circular como peatones cuando el flujo peatonal sea intenso.

Además, una vez que se apruebe el Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones (CATI), se podrán incorporar señalizaciones que le informen a los conductores la presencia de una cámara para estos fines.

También se añadió un símbolo de “Doble Chevron”, el que considera que, en las ciclocalles que sea necesario, se demarque la zona de tránsito de los ciclos posicionándolos de manera que circule fuera del área que abarcan las puertas de los autos estacionados o alejándolos de una pista donde los vehículos motorizados circulan a contraflujo. Además, esta demarcación debe ir acompañada del símbolo de ciclovía.

Junto con especificar el significado de las ciclocalles, el nuevo Manual añade definiciones sobre Cicloruta y Ciclovía: el primero se trata de un conjunto de ciclovías, ciclocalles u otras vías como sendas multipropósito, vías verdes o cicloparques que, en conjunto, entregan facilidades para la circulación de ciclos, que permiten unir un origen con un destino. En tanto, las ciclovías son espacios destinados al uso exclusivo de bicicletas y otros ciclos, que pueden estar segregadas física o visualmente del tránsito de vehículos motorizados y peatones. Cuando la segregación es sólo visual, se les denomina ciclobanda.

Actualmente se tramita en la Contraloría General de la República un segundo reglamento contemplado en la Ley de Convivencia Vial, el que entregará las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos.

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